jueves, 3 de mayo de 2007

Testimoniales Rendidas por Trabajadores que se Encuentran Prestando Servicios para un Patrono

La Sala de Casación Social del Tribuna Supremo de Justicia, en sentencia de fecha 11 de abril de 2007, dictada bajo el número 718, estableció que el hecho que un trabajador que se encuentre prestando servicios para un patrono no implica que éste no pueda declarar en un juicio sobre los hechos de los cuales tiene conocimiento, sin que para ello se pueda sostener que tal persona se encuentra inhabilitada en vista de la subordinación que existe entre ella y el patrono.
Sala de Casación Social, Sentencia Nº 718 del 11 de abril de 2007

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