Sentencia N° 19 del 12 de febrero de 2025 de la Sala de Casación Civil. reitero que las impresiones de pantallazos de WhatsApp tienen el mismo valor probatorio que las fotocopias simples, siempre que no sean impugnadas conforme el artículo 429 del CPC, ratificando lo ya dicho en su Sentencia 709 del 10/11/2023, al igual que lo resuelto en sentencias previas respecto a los correos electrónicos impresos.
(Ver sentencia) http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scc/febrero/341393-000019-12225-2025-24-168.HTML @carlossifontesbrito
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